Arica, dieciocho de febrero de dos mil diez.
VISTOS :
Que, comparece doña Edith Andrea Calizaya Cusicanqui en representación de la Inspección Provincial del Trabajo de Arica, domiciliada en 18 de septiembre N°1352, denunciando vulneración de derechos fundamentales que se relatan, en contra de la empresa Aguas del Altiplano S.A., representada por don Roberto Cortes Muñoz, ambos domiciliados en calle Bolognesi N°290 de Arica.
Conforme al mérito de los antecedentes, no existiendo hechos sustanciales, pertinentes ni controvertidos, y que la denuncia comprende eventuales derechos y acciones de terceros, y que solo corresponde realizar la determinación de la consecuencia jurídica de la misma, y conforme a las facultades que señala el inciso final del artículo 459 del Código del Trabajo.
Y visto además, lo dispuesto en el Artículo 19 N°1 de la Constitución Política de la República de Chile y lo dispuesto en los Artículos 485 y siguiente relativo al procedimiento de Tutela, SE DECLARA:
I.- Que, SE DESESTIMA, la denuncia formulada por la Inspección Provincial del Trabajo en contra de la empresa Aguas del Altiplano S.A., ambas ya individualizadas en esta causa RIT T-3-2010.
II.- Que, no se condena en costas a la parte denunciante, por estimar que ha tenido motivo plausible para denunciar.
Se tienen por notificadas las partes de la sentencia dictada en autos.
RIT: T-1-2010
RUC: 10-4-0014639-5
Dirigió y dictó Don FERNANDO GONZALEZ MORALES, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Arica.
Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de Arica, dieciocho de febrero del año dos mil diez.- /poc
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En este blog se da cuenta de sentencias (ejecutoriadas, salvo indicación en contrario) dictadas por Juzgados que aplican la reforma de la justicia laboral en Chile (Ley 20.087 y complementarias), con especial preferencia de aquellas recaídas en demandas de tutela de derechos.
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